Declaración Anual de Personas Físicas

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Declaración Anual de Personas Físicas

Declaración Anual de Personas Físicas

Con la finalidad de preparar y presentar en tiempo y forma la declaración anual de personas físicas 2022, la cual se realiza del 1 al 30 de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los contribuyentes algunas herramientas como SAT ID.

SAT ID permite generar o renovar la contraseña y firma electrónica (efirma) en caso de que no haya caducado hace más de un año. Cabe destacar que el uso de la contraseña es importante para realizar la declaración anual, pues permite autenticar la identidad del contribuyente e ingresar al sistema, asimismo es necesaria para obtener la devolución en caso de tener saldo a favor.

¿Quiénes deben presentar la declaración anual 2022?

Las personas físicas obligadas a presentarla son aquellas que pertenecen a los siguientes regímenes:

  • Servicios profesionales (honorarios).
  • Actividades empresariales.
  • Plataformas tecnológicas.
  • Arrendamiento.
  • Intereses.
  • Dividendos.
  • Enajenación de bienes.
  • Adquisición de bienes.

La declaración anual de personas físicas, también se debe presentar por quienes recibieron ingresos por salarios de dos o más empleadores o si además de salarios obtuvieron ingresos de otra actividad; y aquellas que además de obtener ingresos por salarios, obtienen ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos.

¿Qué se puede deducir?

Es importante precisar que las deducciones personales ya están prellenadas en la declaración anual 2022 y corresponden a los gastos realizados el año pasado (2021) por los contribuyentes, siempre y cuando hayan solicitado factura y pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.

  • Honorarios médicos.
  • Dentista, consultas y tratamientos.
  • Consultas de psicólogos y nutriólogos.
  • Seguro de gastos médicos, así como gastos hospitalarios.
  • Donativos.
  • Colegiaturas.
  • Lentes ópticos graduados.
  • Intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación.
  • Gastos funerarios (que no excedan de la UMA anual equivalente a $32,693.40).
Declaracion-anual-para-personas-fisicas-y-morales-SAT

Las personas físicas que obtienen ingresos por salarios de un empleador no están obligadas a presentar la declaración anual; sin embargo, si tienen deducciones personales que pueden resultar en un saldo a favor, pueden presentarla a más tardar el 31 de julio para obtener su devolución en forma automática.

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