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¿Cuáles son tus obligaciones como asalariado y como cumplir con ellas?
Cuando adquieres responsabilidades fiscales debes:
- Inscribirte en el RFC. Debes proporcionar los datos y documentos necesarios (como el acta de nacimiento) a tu patrón para que te inscriba o puedes realizar el trámite de forma personal o por internet.
Comprueba que tu patrón te inscriba al RFC desde el momento en que empieces a trabajar.
-Mantener actualizada tu información ante el RFC, en los casos de:
- Cambio de domicilio. Debes presentar tu aviso de cambio de domicilio por internet, donde actualizarás los datos de tu nueva dirección.
- Aumento o disminución de obligaciones. Puedes realizar este trámite cuando cambies de actividad económica o modifiques una obligación, como presentación de declaraciones.
- Suspensión de actividades. Cuando interrumpas tus actividades económicas. El trámite inicia y concluye por internet.
Reanudación de actividades. Después de estar en suspensión de actividades y vuelvas a realizar alguna actividad económica o tengas alguna obligación fiscal periódica de pago, por si o por cuenta de terceros.
-Presentar tu declaración anual
Durante el mes de abril de cada ejercicio, en los siguientes supuestos:
- Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.
- Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aun cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos
- Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual.
- Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
- Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
- Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
- Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
Estás exento de presentar Declaración Anual, si te ubicas en cualquiera de los siguientes supuestos:
- Obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón, siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos, incluso si dichos ingresos rebasaron los $400,000.00 pesos.
- Haber obtenido ingresos por salarios y también haber obtenido intereses nominales que no hayan excedido de $20,000.00.
Para mayor información accede a las “Disposiciones Fiscales aplicables al régimen de asalariados”, donde podrás consultar específicamente los ordenamientos jurídicos de tu actividad.
¿Tienes alguna duda o comentario? ¡Contáctanos! Puedes llamarnos al (55) 6729 4103, visitarnos en Río Lerma 217 piso 2 Col. Cuauhtémoc. CP 06500. Del. Cuauhtémoc. CDMX o escribirnos a contacto@drhcontadores.mx
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